Tributación de las rentas vitalicias
La Renta Vitalicia es uno de los productos financieros con el tratamiento fiscal más ventajoso que existe en España para la jubilación. Hacienda premia su previsión y longevidad con exenciones fiscales excepcionales: hasta el 92% de lo que usted recibe mensualmente puede quedar libre de impuestos. Comprender cómo tributa este producto, tanto en vida como en la herencia, es fundamental para tomar la decisión correcta y maximizar el beneficio económico real que llegará a su bolsillo y, posteriormente, a sus beneficiarios.
Cómo tributan las rentas vitalicias en el IRPF
La Renta Vitalicia es la herramienta financiera con el tratamiento fiscal más beneficioso para usted en la jubilación. Es una estrategia de Hacienda para premiar su longevidad y su previsión. La mayor parte de lo que usted recibe mensualmente está libre de impuestos.
Rendimiento del capital mobiliario
Técnicamente, los ingresos de la Renta Vitalicia se califican como rendimientos del capital mobiliario y se integran en la base imponible del ahorro de usted. Sin embargo, la Ley establece unas reducciones espectaculares que hacen que solo una fracción mínima tribute.
Porcentajes exentos según tu edad al contratar la renta
La clave de la eficiencia fiscal está en el momento en que usted contrata. Cuanto mayor sea usted al firmar, mayor será el porcentaje de la renta que queda totalmente exento de tributar y este porcentaje se mantendrá fijo de por vida.
Tabla completa de tributación por tramos de edad
Observe el enorme beneficio fiscal que usted obtiene al contratar a partir de cierta edad:
| Edad de usted al Contratar | Porcentaje de la Renta que SÍ tributa | Porcentaje de la Renta Exento |
| Menos de 40 años | 40% | 60% |
| Entre 40 y 49 años | 35% | 65% |
| Entre 50 y 59 años | 28% | 72% |
| Entre 60 y 65 años | 24% | 76% |
| Entre 66 y 69 años | 20% | 80% |
| Más de 70 años | 8% | 92% |
Si usted contrata con 71 años o más, de cada 100€ que recibe, sólo pagará impuestos por 8€. El 92% está blindado.
Beneficios fiscales para mayores de 65 años
Las ventajas fiscales para usted en esta etapa son aún mayores, incluyendo una herramienta muy poderosa para la gestión de su patrimonio inmobiliario.
Exención total por venta de vivienda habitual
Si usted tiene más de 65 años y vende su vivienda habitual, la ganancia patrimonial que obtenga (la plusvalía) puede quedar totalmente exenta de IRPF. Solo debe comprometerse a reinvertir el importe total de esa ganancia en la constitución de una Renta Vitalicia en un plazo de seis meses. Esta fórmula puede ser ideal para obtener liquidez sin carga impositiva.
Tipos de rentas vitalicias y su tributación
Aunque el tratamiento en vida (IRPF) es el mismo para todas, la diferencia fiscal surge en la planificación sucesoria.
Tabla comparativa de tributación según tipo de renta
| Tipo de Renta Vitalicia | Tributación al Tomador (IRPF) | Tributación a Herederos (ISD) |
| A Capital Cedido | El 92% exento (si usted tiene más de 70). | Capital no heredable. |
| A Capital Reservado/Mixta | El 92% exento (si usted tiene más de 70). | Tributa por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) como seguro de vida. |
Cómo tributan los herederos de una renta vitalicia
El capital que sus beneficiarios reciban (si usted eligió la modalidad de capital reservado o mixto) no pasa por el IRPF. Su tributación se rige por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), aplicando las bonificaciones y reducciones que tenga la comunidad autónoma de residencia.
Para conocer en detalle cómo proteger su legado y la fiscalidad para sus beneficiarios, le recomendamos revisar: ¿Cómo heredar una renta vitalicia?
Ventajas y desventajas fiscales de las rentas vitalicias
Tabla comparativa de tributación según tipo de renta
| Ventajas Fiscales para USTED | Desventajas Fiscales a Considerar |
| Máxima Exención IRPF: Solo el 8% tributa a partir de los 70 años. | Capital no Líquido: El dinero aportado queda inmovilizado en la aseguradora. |
| Exención Fiscal por Venta de Vivienda: Permite transformar patrimonio sin coste de IRPF. | Tributación por Sucesiones: Los herederos deben pagar el ISD por el capital reservado. |
| Tributación Fija y Garantizada: Su tipo impositivo no cambia, facilitando la planificación económica de usted. | Baja Rentabilidad Financiera: La prioridad es la seguridad y la fiscalidad, no el crecimiento agresivo del capital. |